Es la típica señal, que, a los que viajamos de una manera itinerante, con nuestro vehículo vivienda, nos fastidia encontrarnos; la vemos de muchas formas, tamaños y colores, y nos aportan una desagradable sensación frustrante, de ir en contra de la ley; «prohibido pernoctar» como si de alguna manera estuviéramos haciendo algún acto vandálico.

Prohibido-Estacionar

Esa frustración y desigualdad hacia otros vehículos, sumado al abuso autoritario de ayuntamientos, junto con otros servicios hoteleros, pueden hacer que nuestra experiencia en este tipo de turismo sea desagradable; para ello vamos a intentar, aquí, contaros lo que hasta ahora nosotros sabemos.

¿Cómo de legal son esas señales de prohibido pernoctar?

pues según he podido informarme y leyendo mucho parece ser que NO, según el articulo 93 del reglamento general de circulación, se establece que los ayuntamientos son los que deben regular el estacionamiento por ordenanza municipal, pero esto, tampoco les da vía libre para hacer de ellos lo que les plazca.

prohibido el estacionamiento de carabanas, ayuntamiento de Barbate

 En ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar, o inducir a confusión con los preceptos de este reglamento.

Por lo que los ayuntamientos, se ven obligados a regularlos, pero siguiendo las directrices marcadas en el Reglamento General de Circulación.

Según la Instrucción 08/V-74 de la dirección general de tráfico:

Por ello, a juicio de esta Dirección General de Tráfico es indiscutible que la exclusión de determinados usuarios debe ser necesariamente motivada y fundamentada en razones objetivas como pueden ser las dimensiones exteriores de un vehículos o su masa máxima autorizada, pero no por su criterio de construcción o utilización ni por razones subjetivas, como pueden ser los posibles comportamientos incívicos de algunos usuarios, tales como ruidos nocturnos; vertido de basura o de aguas usadas a la vía pública; monopolización del espacio público mediante la colocación de estructuras y enseres u otras situaciones de abuso contra las cuales las autoridades locales disponen de herramientas legales eficaces que deben ser utilizadas de forma no discriminatoria contra todos los infractores, ya sean usuarios de autocaravanas o de cualquier otro tipo de vehículo.

Prohibido-Acampar

Pese a la contundencia de la instrucción, todavía se da el caso de discriminación en multitud de ayuntamientos, por lo que se solicitó, a través de la «federación española de asociaciones autocaravanistas» , al Ministerio del Interior, una aclaración sobre la mencionada instrucción, que fue contestada por el  subdirector general de normativa y recursos de la DGT exponiendo lo siguiente:

Las instrucciones del Director General de Tráfico son de obligado cumplimiento para todo el personal adscrito a la Dirección  General de Tráfico, lo que incluye a las Jefaturas Provinciales de Tráfico, cuyas unidades de sanciones tramitan las denuncias formuladas por la mayor parte de los ayuntamientos de España, y son además, comunicadas la general jefe de la agrupación de tráfico de la guardia civil, para conocimiento y cumplimiento por los agentes de dicha agrupación.

Creo, que con estas aclaraciones, podemos deducir que las señales, son un claro ejemplo de discriminación hacia un tipo de vehículo concreto.

Nos referimos en todo momento al «reglamento general de circulación«, descartando por tanto, los «parques naturales y espacios protegidos» ya que cada uno tiene su propia normativa adecuada a la protección y cuidado del mismo.

¿Puedo dormir tranquilo con esas señales de prohibido pernoctar?

portada las odiosas señales de prohibido pernoctar

Creo, que eso depende de lo atrevido que seas, lo que sí está claro, es que si pone esa señal de prohibido pernoctar, por lo menos se han preocupado por molestar un poco, lo que quiere decir, que quizás sea un lugar donde se fijen frecuentemente, y quizás se pasen a saludarnos, (seguramente intentarán sacarnos de la cabeza la idea de quedarnos ahí).

Si tenemos el convencimiento pleno de estar en nuestro derecho, avalado por la Instrucción 08/V-74 de la dirección general de tráfico, y la interpretación y alcance de la instrucción 08/V74 remitida por el subdirector general de normativa y recursos de la DGTy si por supuesto, vamos a cumplir con las normas de estacionamiento, podemos quedarnos tranquilamente y si vienen  a molestar, explicarles (siempre con buenos modales) que no estamos incurriendo ninguna norma.

Tenemos que distinguir claramente si nuestro estacionamiento no se encuentra en un área protegida, como por ejemplo un parque natural, ya que estos están regulados por su Plan Rector de uso y gestión; «PRUG», del espacio, no adscrito a la Dirección General de Trafico, y por tanto independiente al reglamento general de circulación.

¿Puedo hacer algo legalmente para que quiten esas señales?

Estaría bien, que siempre que se diera el caso, de encontrarnos con estas señales, hiciéramos una foto y junto con los datos de la localidad, y ubicación de la señal, hacer una Instancia General recordando al ayuntamiento de la ilegalidad de dicha señal y solicitando la retirada de esta.

Una Instancia General, es un modelo básico de comunicación con la administración, y cualquier interesado la puede utilizar como medio de solicitud, reclamación, o denuncia.

Aquí tenéis un «impreso modelo» que he hecho para reenviarlo, cada vez que veo una señal, quizás yo solo no haga nada, pero si empiezan a recibir modelos de instancias por todas las dichosas señales, igual se lo piensan, o igual no, pero por lo menos molestamos igual que ellos.

Para enviar la instancia tenemos varias opciones:

  • En las oficinas de registro.
  • En las oficinas de correos (en este caso hay que llevar el sobre abierto para que sellen el escrito con la fecha de entrega y te facilitan la copia del mismo
  • Telemáticamente en el registro electrónico común o en el registro electrónico del ayuntamiento correspondiente. (En este caso deberás tener el DNI electrónico o certificado electrónico en vigor)

aquí tenéis mas info sobre los procedimientos: Administración.gob.es

Otra opción también, es echar la instancia a través de las oficinas del defensor del pueblo en su página web podremos redactar de forma sencilla nuestra queja, e incluso mandarles la documentación, fotos, etc…

¿Alguien hace algo para luchar por nuestros derechos?

prohibido autocarabanas, playa de Doniños Regas

La unión hace la fuerza, y en materia de hacer fuerza contra los abusos y las restricciones absurdas, juegan un papel importante las asociaciones, muchas de ellas se reúnen en la «federación española de asociaciones autocaravanistas», agrupadas para defender y mejorar las condiciones de uso de la autocaravana en España.

Lo principal de las asociaciones es luchar por los intereses del colectivo, pero también podemos encontrarnos en alguna asociación con servicios como los de asesoría y defensa jurídica.

Al final, si queremos resultados hay que implicarse.

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playas abarrotadas de toldosLa desigualdad a la que estamos sometidos.

Esta imagen se repite en innumerables playas y áreas recreativas, gente que en su día libre deciden ir a pasar el día montando verdaderos chiringuitos con jaimas, toldos, mesas de jardín, sillas de terraza, etc,etc… Pero sin embargo por el hecho de llevar una autocaravana sacar una silla ya somos el centro de atención y nos exponemos a una multa considerable.

aquí tenéis un  «recurso de notificación de costas» elaborado por el autocaravanista A. Gutiérrez, por si en alguna ocasión deseáis recurrir alguna notificación que os llegue por estacionar en las playas

señal no discriminatoria hacia las autocarabanas.
Estas si son las señales que queremos ver

La delgada línea roja entre estar estacionado y acampar, ¿se sobrepasa solo por el simple hecho de tener una ventana abierta?, ¿o se trata solo por tener una autocaravana o camper?; De un turismo se pueden sacar mesas y sillas e incluso toldos, y como nos dijeron en su día, los guardas del Parque Natural Cabo de Gata –se trata de uso y disfrute del espacio de dominio público.

Pero por el contrario de una autocaravana o camper esa misma acción de sacar una silla está castigada con multas.

Esta claro que hace falta una regulación más permisiva que nos permita disfrutar como todo el mundo de nuestros vehículos, y del espacio público, siempre desde el respeto hacia las personas y hacia el medio ambiente, porque es bien sabido por todos que también existen en este gremio gente desagradecida que con sus toldos invaden el espacio donde puede aparcar otro vehículo, o quiénes vierten sus aguas a la vía pública, incluso se ponen a lavar la carrocería de la autocaravana con jabones dejando en el lugar una imagen poco cívica de nuestra actividad.

Por todo ello debemos ser los primeros en dar ejemplo «como colectivo», para poder reclamar nuestros derechos y el uso de los espacios públicos como un ciudadano más.

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10 COMENTARIOS

    • Muchas gracias Agustín, a ver si empieza a mejorar la cosa y le ponen las pilas a los ayuntamientos, no se si sería bueno que se hiciera una regulación específica de autocaravanas.

  1. Compañero, estás mezclando leyes con normativas… la ley de costas y espacios naturales no discrimina a las ACs, es para todos y su objetivo es proteger la naturaleza. Hay que tener cuidado con lo que se publica…

    • Hola Carlos, claro que la ley de costas y espacios naturales no discriminan a las ACs, lo que nos dicrimina, son las señales de prohibido autocaravanas con las que inundan todos los aparcamientos y espacios públicos; y que conste que estoy de acuerdo en todas las medidas que se tomen en favor de proteger la naturaleza, pero si prohíben aparcar, debería ser para todos, y no como ocurre en muchos lugares, que solo prohíben a las autocaravanas. Creo que no estoy mezclando leyes, únicamente hablo del «reglamento general de circulación», y únicamente he metido un enlace a un modelo para recurrir una notificación por dormir en zona costera, por si pudiera servir de ayuda a alguien en alguna ocasión.

      • La ley de costas prohibe la pernocta a cualquier ser humano vaya en AC, en coche, o en bici, incluso una persona sola durmiendo al raso está infringiendo la ley, supongo que en la práctica solo encontraran autocaravanas a las que prohibir… Por otro lado, el reglamento general de circulación no tiene aplicación donde se aplica la ley de costas, y el modelo que enlazas me suena a «voy a soltar un tostón y si cuela cuela…», puedo estar equivocado, pero poco fundamento jurídico le veo!!

        • Quizás me ha faltado aclarar que los parques naturales y espacios protegidos se encuentran al margen del reglamento general de circulación, que es de lo que quería hablar. Cada parque natural o espacio protegido tiene sus propios planes de ordenación, y planes de uso y gestión, si te lees la normativa del parque Nacional de Ordesa, por ejemplo, se permite el vivac a partir de cierta altitud (que ahora mismo no recuerdo) cada cual tiene sus limitaciones. En la normativa de los espacios protegidos podrán prohibir la pernocta, de lo que no hablan esas normativas es de la prohibición unicamente de “aparcar autocaravanas” entre el ocaso hasta el amanecer; estas señales están claramente discriminando un tipo de vehículo, que es a lo que me refiero (como opinión personal). Puede estar el coche de un pescador toda la noche estacionado al lado de mi autocaravana que a él no le dirán nada, pero a nosotros vendrán a molestarnos. El modelo de recurso puede no convencerte, no estás obligado a usarlo, pero agradezco tu opinión y siento haberte podido causar confusión entre el reglamento general de circulación y la ley de costas y espacios protegidos. Lo corrijo.

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